(Auto) Regulación, ética y Ciberseguridad de la Inteligencia Artificial

“Desviste a cualquiera con nuestro servicio GRATIS. Solo elige edad, tipo de cuerpo, calidad y obtén un resultado en unos segundos”

Ese es el mensaje de bienvenida que entrega una página que genera imágenes de mujeres desnudas, a través del uso de Inteligencia Artificial y que se ha vuelto viral hace unos días, por un grave hecho que involucra a menores de edad en España.

Durante la semana del 18 de septiembre, se tomó conocimiento que, en Almendralejo, municipio y ciudad española de la provincia de Badajoz, en la comunidad autónoma de Extremadura, un grupo de al menos 30 menores de edad fueron víctimas de esta aplicación y ellas se enteraron de la peor forma posible.

Al volver a clases el día 14 de septiembre fueron los propios compañeros de las menores de edad involucradas quienes les exhibieron las (supuestas) imágenes que circulaban en donde ellas aparecían totalmente desnudas. Incluso a una de las menores le escribió un hombre a través de la mensajería de su Instagram pidiéndole dinero y al negarse, le envió la imagen de ella desnuda.

El caso está actualmente en investigación y una de las madres afectadas señaló que, al ver la imagen de su hija, sino es por que ella conoce el cuerpo de la menor, la imagen parece totalmente real.

Independientemente del curso que siga dicha investigación y los delitos por los cuales sean perseguidos los presuntos autores, el daño a las menores está hecho, principalmente el daño psicológico de verse expuestas a tal situación a los 12 años (edad promedio de las victimas) sin tener las herramientas psicológicas y emocionales para poder manejarlo y el juicio social que de igual forma muchas veces se realiza sobre las victimas de un delito de carácter sexual.

Un sin número de tópicos pueden ser abordados respecto de tan graves hechos, pero desde esta vereda nos avocaremos a tres en particular:
a) Ética en la programación de la Inteligencia Artificial;
b) Regulación de la Inteligencia Artificial;
c) Auto regulación en el uso de las redes sociales y dispositivos móviles.

Si bien seguiremos ese orden, el cual es aleatorio, pues todos tienen el mismo grado de importancia:

Ética en la programación de la Inteligencia Artificial

El medio utilizado para perpetrar el delito es una aplicación generada mediante Inteligencia Artificial, alguien la programó y consideró que era “viable” entregarla de manera gratuita.

Claramente el programador de la aplicación no tuvo dentro de su análisis al momento de programar y desarrollar, el dilema ético y el mal uso (no sé si podemos hablar de un bueno uso de este tipo de herramientas) que le darían los usuarios finales de la misma.

Nótese que la aplicación ni siquiera tiene limites de edad, simplemente hay que indicar la edad de la persona que se desea “desnudar virtualmente” para que la aplicación le asigne el cuerpo que corresponde a tal edad.

El problema es que llegar a determinar la identidad de los culpables de la difusión de las fotos de las menores será complejo, la mayoría debe haber actuado a través de perfiles falsos y con la debida asistencia para que se desviara su IP a algún lugar recóndito del mundo para no ser rastreado.

Desde ese punto de vista, en este caso, hay al menos culpa directa en el actuar de los programadores de la aplicación sino es que un dolo directo o incluso eventual, por lo que probablemente también serán perseguidos por las policías y fiscales en la citada localidad española.
Como hemos visto en otros casos de menor entidad en cuanto al daño que causan los problemas éticos en la programación, como en casos de discriminación de sexo, edad, raza o económicos en la contratación de personal para una empresa, acá de igual forma se encuentra graficado que el no programar éticamente una aplicación o programa de Inteligencia Artificial, puede causar graves daños a terceros, sobre todo menores de edad.

Regulación de la Inteligencia Artificial

Precisamente en el viejo continente, el uso de la inteligencia artificial será regulado por la Ley de Inteligencia Artificial, la primera ley integral sobre IA del mundo.

En abril del año 2021 se propuso el primer marco regulador de la Unión Europea para la IA. A través de dicha propuesta, la idea es normar que sistemas de IA que puedan utilizarse en distintas aplicaciones se analicen y clasifiquen según el riesgo que supongan para los usuarios. De acuerdo con el nivel de peligro que tengan, implicarán una mayor o menor regulación. Una vez aprobadas, podrían ser las primeras normas del mundo sobre IA.

En Chile tenemos la denominada Política Nacional de Inteligencia Artificial, la que contiene los lineamientos estratégicos que debe seguir Chile en esta materia durante los próximos 10 años (2021-2030) con el objetivo de empoderar a las personas en el uso y desarrollo de herramientas de IA, y participar en el debate sobre sus consecuencias legales, éticas, sociales y económicas. La hoja de ruta está basada en tres ejes: factores habilitantes, uso y desarrollo de Inteligencia Artificial en Chile y aspectos de ética y seguridad.

Auto regulación en el uso de las redes sociales y dispositivos móviles.

Como hemos comentado en otras columnas, la tecnología avanza más rápido que los negocios y los negocios, a su vez, más rápido que la ley, por lo que la distancia que se produce en entre tecnología y legalidad, es un abismo difícil de llenar. En virtud de lo anterior. la culturización e higiene digital de los ciudadanos en torno al correcto uso de las redes sociales y de sus dispositivos móviles en general, es la base para lograr tener una Sociedad Cibersegura.

Nada sacamos con tener normas que contemplen altas penas asociadas a la comisión de este tipo de delitos, si no podemos perseguirlos o bien si el proceso investigativo dura años en encontrar a los culpables, revictimizando en muchos casos a las victimas a través de la demora en la búsqueda de justicia. El daño, en definitiva, se produce en el momento de la comisión del delito y luego lo que existe es recuperar a la victima a través de diversas formas, pero el daño ocurrió, es un hecho.

Es por ello que se debe Ciber educar a la ciudadanía, pero lo importante es que podamos concientizar, desde temprana edad, del daño que puede provocar el mal uso de la tecnología. De igual forma se debe Ciber educar a los estudiantes, tanto en los cursos básicos y medios, así como en la etapa de formación profesional, integrando a la ética con la programación y que tengan claro e internalizado el daño que se produce cuando nos alejamos del camino del respecto de las normas, morales, éticas y legales.

En nuestro país generalmente somos reactivos en materia normativa, generando cuerpos legales que nacen como idea legislativa derivada de graves hechos que ocurren en la sociedad, pero somos poco precavidos y planificados en tales labores y en aquellos caso que si lo fuimos, como la Ley de Protección de Datos Personales y de Ciberdelitos, luego demoramos más de 20 años en adaptarla a los cambios tecnológicos, es decir, son tan ineficaces normas añejas como la falta de ellas.

Por ahora, el autocuidado por parte de padres y apoderados de los menores de edad, parece ser la alternativa más segura para protegerlos frente a amenazas como las descritas o bien al ciberdelito de grooming o almacenamiento de pornografía infantil, no olvidemos que “Caras vemos, trastornos mentales no sabemos”.